SUNAT/ADUANAS: Obligatorio incluir información comercial en el mensaje SWIFT BANCARIO (Campo 70)
- mchiok4
- 8 abr
- 2 Min. de lectura
Estimados clientes,
A través del presente artículo, queremos informarles sobre un aspecto clave en el cumplimiento de las normativas aduaneras y tributarias, especialmente en lo relacionado con las operaciones de comercio exterior y el uso de medios de pago bancarizados.
📌 ¿Cuál es la nueva exigencia?
De acuerdo con lo dispuesto por SUNAT/Aduanas y sustentado en la Resolución del Tribunal Fiscal N.° 01556-A-2023, se establece la obligatoriedad de adjuntar el mensaje SWIFT a la numeración de aduana cuando se trate de operaciones pagadas mediante transferencias bancarias internacionales.
Específicamente, el campo 70 del mensaje SWIFT debe incluir la siguiente información:
Número de factura comercial
Número de contrato
O cualquier otro documento que respalde y vincule la transacción comercial realizada
Esta medida busca fortalecer la trazabilidad de los pagos y asegurar que los documentos financieros coincidan con las operaciones declaradas ante SUNAT.
📚 Marco legal
Esta obligación se basa en lo estipulado por la Ley para la Lucha contra la Evasión y para la Formalización de la Economía, aprobada mediante el Decreto Supremo N.° 150-2007-EF y sus modificaciones.
La norma establece que las transacciones comerciales de determinados montos deben realizarse utilizando medios de pago bancarizados (como transferencias o depósitos), y que dichas operaciones deben estar correctamente sustentadas con documentación financiera que las respalde.
⚠️ ¿Qué sucede si no se cumple con esta exigencia?
En caso de que no se presente el documento financiero requerido (mensaje SWIFT con la información adecuada) o no se subsane la omisión, la SUNAT puede considerar que no se ha cumplido con la obligación de bancarización, lo cual constituye una infracción.
Esta infracción está tipificada como P52, y conlleva una multa equivalente al 30% del monto no acreditado ante la administración tributaria.

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